Tu hipoteca también puede reclamarse

¿Firmaste una hipoteca y aún no has reclamado los GASTOS?

¿Cuáles son los gastos hipotecarios y qué se puede reclamar?

Al firmar una hipoteca, se generan una serie de gastos, que incluyen los honorarios del notario, los costes de registro, los servicios de gestoría, la tasación del inmueble y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Todos estos gastos suelen estar adjuntos a la escritura de la hipoteca.

Después de varios años de dudas, en julio de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que, si se declara nula la cláusula de gastos hipotecarios, el banco será quien deba asumir estos costes, salvo que la legislación española disponga otra cosa.

¿Quién debe pagar cada uno de los gastos?

  • Notaría (relativa a la escritura del préstamo hipotecario): se divide entre el banco y el cliente a partes iguales.
  • Tasación del inmueble: es responsabilidad del banco.
  • Registro de la propiedad (inscripción de la hipoteca): corre a cargo del banco.
  • Gestoría (si fue impuesta por el banco): la paga el banco.
  • IAJD: este impuesto, según la normativa vigente, debía ser pagado por el cliente.

 

Con la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario en marzo de 2019, se clarificó el reparto de los gastos:

  • Notaría, registro y gestoría: son responsabilidad del banco, excepto las copias de la escritura que solicite el cliente.
  • Tasación: la paga el cliente.
  • IAJD: desde la modificación de la norma, es el banco quien debe asumir este impuesto.
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¿Por qué Basta de abusos?

Somos expertos en la gestión de reclamaciones hipotecarias y confiamos plenamente en nuestra capacidad para obtener resultados favorables. Tanto es así que asumimos el compromiso de cubrir cualquier posible condena en costas en caso de no lograr el éxito esperado.

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